Micelio

Artículo 38

En Los Procesos De Competencia De La Justicia Penal Militar El Ministerio Público Está Representado: A) Por El Inspector General De Las Fuerzas Armadas, Quien Puede Actuar Personalmente O Por Medio De Delegado; B) Por Los Fiscales Del Tribunal Superior Militar; C) Por Los Fiscales De Las Brigadas O Sus Delegados; D) Por Los Oficiales Del Detall; E) Por Los Oficiales Que Para Casos Especiales Designe El Inspector General De Las Fuerzas Armadas,

Decreto 2900 de 1953 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En los procesos de competencia de la Justicia Penal Militar el Ministerio Público está representado

a)

Por el Inspector General de las Fuerzas Armadas, quien puede actuar personalmente o por medio de delegado;

b)

Por los Fiscales del Tribunal Superior Militar;

c)

Por los Fiscales de las Brigadas o sus delegados;

d)

Por los Oficiales del Detall;

e)

Por los Oficiales que para casos especiales designe el Inspector General de las Fuerzas Armadas,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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