La elección del personal de conscriptos que han de ingresar al servicio activo, se hace en el procedimiento de sorteo entre los varones colombianos declarados aptos por los oficiales de sanidad, de acuerdo con el reglamento de aptitud física que expida el órgano ejecutivo. Por cada principal se sortean dos suplentes. Cuando el número de conscriptos hábiles que debe dar el respectivo municipio, en igual o menor al contingente requerido, no hay lugar a sorteo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.