Micelio

Artículo 15

Ley 2453 de 2025 · por medio de la cual se establecen medidas para prevenir, atender, rechazar y sancionar la violencia contra las mujeres en política y hacer efectivo su derecho a la participación en todos los niveles.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los Tribunales Seccionales de Garantías y Vigilancia Electoral, en ejercicio de las funciones que les corresponde para identificar posibles amenazas y vulneraciones a los procesos electorales deberán:

a)

Hacer seguimiento y llamados a los partidos y agrupaciones políticas para que exista eficacia material de los principios de paridad, alternancia y universalidad, en la conformación de las listas de candidatas(os).

b)

Efectuar llama.do a los partidos y agrupaciones políticas para que exista distribución equitativa entre candidatas(os) en los es­pacios de radio, televisión, vallas, intemet y avisos.

c)

Realizar seguimiento a las campañas políticas, a fin de evitar conductas que inciten a la violencia de género, la discrimina­ción o los discursos de odio.

d)

Informar a las autoridades competentes sobre las manifestacio­nes de violencia contra las mujeres en ejercicio de su derecho a la participación política establecidas en la presente ley.

e)

Monitorear y dar aviso al Consejo Nacional Electoral sobre la existencia de propaganda electoral y publicidad política física o virtual, que incite a la violencia contra mujeres y candidatas.

f)

Informar al Consejo Nacional Electoral y demás autoridades competentes sobre los casos que conozcan a solicitud de parte sobre acoso en línea o a través de redes sociales contra mujeres en ejercicio de sus derechos políticos en el contexto electoral.

g)

Dar a conocer al Consejo Nacional Electoral o quien haga sus veces sobre casos de violencia contra mujeres en política que se den en el contexto electoral.

h)

Presentar recomendaciones ante las Comisiones de Coordina­ción y Seguimiento Electoral sobre casos de especial atención de violencia política que afecte a las mujeres.

i)

Aportar en la recolección y sistematización de los casos de vio­lencia contra mujeres en política para que sean incluidos en el registro en la Plataforma de Unidad de Recepción Inmediata para la Transparencia Electoral (URIEL).

Parágrafo transitorio

: Estas disposiciones también aplicarán para los Tribunales Electorales Transitorios dispuestos por el Artículo Transitorio número 10 del Acto Legislativo 02 de 2021.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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