Micelio

Artículo 3

Ley 51 de 1944 · Por la cual se crea una granja ganadera en las sabanas de Bolívar, y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facultase al gobierno para fijar el personal y asignaciones de la granja ganadera de sabanas de Bolívar, y al Ministerio de la Economía Nacional para organizar todo lo relativo a programas y servicios, suministrados de ejemplares y demás actividades que realiza esta granja.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 51 de 1944