Micelio

Artículo 35

Las Autoridades Competentes Expedirán La Tarjeta De Operación A Los Vehículos Taxi

Decreto 1553 de 1998 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público de Transporte en Vehículos Taxi.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las autoridades competentes expedirán la tarjeta de operación a los vehículos taxi. Para obtener o renovar la tarjeta de operación, se requerirán los siguientes documentos

1.

Solicitud de la empresa.

2.

Fotocopia autenticada de la licencia de tránsito.

3.

Fotocopia autenticada del seguro obligatorio de accidentes de tránsito.

4.

Copia del contrato de vinculación y fotocopia de la tarjeta de operación anterior.

5.

Seguro de responsabilidad con una vigencia acorde con la de la tarjeta de operación a expedir.

6.

Copia al carbón de la consignación a favor de la autoridad competente por el pago de los derechos que se causen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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