Micelio

Artículo 17

º

Decreto 2579 de 1983 · Por el cual se reglamenta el Decreto 231 de 1983, el Capítulo X del Título 1 de la Ley 09 del mismo año y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los responsables de efectuar la retención del impuesto de renta, deberán depositar en la administración de impuestos nacionales de su domicilio, dentro de los primeros quince (15) días calendario del mes siguiente a aquel en que se haya efectuado el correspondiente pago o abono en cuenta, el valor del impuesto retenido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2579 de 1983