Micelio

Artículo 32

Decreto 3416 de 1955 · Por el cual se dictan disposiciones sobre armas, municiones, explosivos, pólvoras y artículos pirotécnicos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo treinta y dos. Los Comandantes de los Cuerpos de Tropa o unidades destacadas podrán suspender, por razón de orden público, dentro del territorio de su jurisdicción y previa autorización del respectivo Comando de Brigada, los salvoconductos o licencias de posesión, porte de armas, municiones y explosivos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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