Derogado.
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LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.3.3.4. Distribución de los recursos de reasignación de regalías y compensaciones - escalonamiento provenientes de la explotación de Carbón, entre municipios no productores. Los recursos de reasignación de regalías y compensaciones – escalonamiento, provenientes de la explotación de carbón que corresponden a los municipios no productores, se distribuirán de manera igualitaria, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley 141 de 1994.
(Decreto 2245 de 2005, artículo 4°)
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