Micelio

Artículo 30

Pruebas

Ley 169 de 1896 · Sobre reformas judiciales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las sentencias en las cuales se declara alguna obligación á cargo de la Nación, los Departamentos ó los Municipios, serán siempre consultadas con el Superior.

Estas entidades no serán obligadas á dar fianza de costas.

Pruebas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 169 de 1896