Micelio

Artículo 11

Expedición De Los Certificados De Capacidad De Producción, Adecuación Y Dispensación

Decreto 1030 de 2007 · por el cual se expide el Reglamento Técnico sobre los requisitos que deben cumplir los dispositivos médicos sobre medida para la salud visual y ocular y los establecimientos en los que se elaboren y comercialicen dichos insumos y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Expedición de los Certificados de Capacidad de Producción, Adecuación y Dispensación. Corresponde al Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos, Invima, expedir el Certificado de Capacidad de Producción de los Dispositivos Médicos sobre Medida para la Salud Visual y Ocular a los Laboratorios de Lentes Oftálmicos, de Lentes de Contacto y de Prótesis Oculares, debiendo verificar su implementación y cumplimiento mediante la realización de visitas periódicas. Corresponde a las entidades distritales o municipales, expedir el Certificado de Capacidad de Adecuación de los Dispositivos Médicos sobre Medida para la Salud Visual y Ocular a los talleres ópticos y de dispensación a las ópticas sin consultorio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1030 de 2007