Micelio

Artículo 1

Ley 67 de 1942 · Por la cual se provee a la defensa del puerto de orocué y al arreglo de la navegación de rio meta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional procederá a construir las siguientes carreteras en el Departamento de Santander:

a)

La que partiendo de un punto de la carretera que de Barrancabermeja, intermedio entre el puente de "El Tablazo" y la estación de Vegarrica, dentro del Municipio de Girón, vaya a terminar en la quebrada de "La Payoa", en un punto cercano a su desembocadura en el río Sogamoso.

b)

La que partiendo de la Carretera Central del Norte, en territorio de los Municipios de Cerrito o Concepción, los una con las regiones de Tame, Casanare, siguiendo el trazado indicado por la técnica.

c)

La carretera que partiendo del Municipio de Carcasi vaya a la población de chiscas, en el Departamento de Boyacá, y termine en la población de El Espino, en la carretera que va de Capitanejo a Cocuy.

d)

La que partiendo de Bucaramanga y pasando por Matanza o California, va a la región minera de Alta, Baja y Vetas.

e)

La carretera que haya de unir las del Noroeste y Virolín, y que partiendo del alto de Confines termine en la población de Charalá.

f)

La Nación contribuirá con el cincuenta por ciento (50%) del costo de construcción de la carretera que debe unir a la población de Guaca, Departamento de Santander, con la fracción de El Colorado, y a ésta con la carretera que conduce de Bucaramanga a Pamplona.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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