ARTICULO 48. Subdirección Docente. Son funciones de la Subdirección Docente
Formular, evaluar, controlar y responder por la política educativa institucional.
Dirigir la formación y especialización profesional de los miembros de la Policía Nacional.
Establecer los métodos relacionados con la formación, capacitación y especialización en la Policía Nacional.
Diseñar el sistema educativo policial, acorde con las exigencias del país y en coordinación con los entes gubernamentales encargados de la educación.
Responder ante el Subdirector General sobre el desarrollo de las actividades relacionadas con la formación y especialización del personal.
Presentar a la Dirección General, planes de estudio, programas, manuales y demás normas relacionadas con la promoción, formación y especialización del recurso humano.
Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.