Micelio

Artículo 48

Subdirección Docente

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 48. Subdirección Docente. Son funciones de la Subdirección Docente

1.

Formular, evaluar, controlar y responder por la política educativa institucional.

2.

Dirigir la formación y especialización profesional de los miembros de la Policía Nacional.

3.

Establecer los métodos relacionados con la formación, capacitación y especialización en la Policía Nacional.

4.

Diseñar el sistema educativo policial, acorde con las exigencias del país y en coordinación con los entes gubernamentales encargados de la educación.

5.

Responder ante el Subdirector General sobre el desarrollo de las actividades relacionadas con la formación y especialización del personal.

6.

Presentar a la Dirección General, planes de estudio, programas, manuales y demás normas relacionadas con la promoción, formación y especialización del recurso humano.

7.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2203 de 1993