Artículo único. Apruébese el Reglamento orgánico y plan de estudios de la Escuela Superior de Guerra propuesto por la Dirección de establecimiento. Con la modificación de que tal instituto dependerá directamente de Ministerio de Guerra, en la cual se radican las funciones atribuidas al Estado Mayor General. El Reglamento empezará a regir desde el 1. °. De febrero de este año. Comuníquese y publíquese.
Decreto 67 de 1915 →Vigente
Artículo 1
Decreto 67 de 1915 · Por el cual se aprueba un reglamento para la Escuela Superior de Guerra
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.