º. Es entendido que la partida de $ 62,839 75 que corresponde al Departamento de Provisiones, en el capítulo 60, artículo 279, del Decreto número 2031 de 1933, se distribuirá por el Ministerio respectivo. Comuníquese y publíquese. Dado en Fusagasugá a 15 de enero de 1934. ENRIQUE OLAYA HERRERA El Ministro de Industrias, Francisco José CHAUX
Decreto 79 de 1934 →Vigente
Artículo 3
Es Entendido Que La Partida De $ 62,839 75 Que Corresponde Al Departamento De Provisiones, En El Capítulo 60, Artículo 279, Del Decreto Número 2031 De 1933, Se Distribuirá Por El Ministerio Respectivo
Decreto 79 de 1934 · Por el cual se distribuye la partida votada en el capítulo 60, articulo 279, del presupuesto de la vigencia en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.