Micelio

Artículo 65

La Gerencia De La Zona No Es Responsable Por Los Daños O Perdidas Ocasionadas Como Consecuencia De Casos Fortuitos O Fuerza Mayor, Vicio Propio De La Mercancia, Influencia Atmosfrica, Mermas O Defectos De Empaque

Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 65. La Gerencia de la Zona no es responsable por los daños o perdidas ocasionadas como consecuencia de casos fortuitos o fuerza mayor, vicio propio de la mercancia, influencia atmosfrica, mermas o defectos de empaque.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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