Micelio

Artículo 81

Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Crédi tos suplementales y extraordinarios . Los créditos adicionales tanto ordenanzales como gubernamentales son de dos clases: suplementales y , ext raordinarios. Los suplementales afectan tanto a las rentas como a las apropiaciones y se harán durante la ejecución del presu puesto, cuando se hiciere indispensable complementar rentas o apropiaciones ya previstas por resultar, ellas insuficientes para ampliar los servicios existentes o dar cumplimiento a normas especiales. Los créditos extraordinarios afectan igual mente tanto a las rentas como a las apropiaciones y se harán durante la ejecución del presupuesto; cuando se hiciere necesario incorporar una nueva renta o recurso para atender un gasto imprescindible a juicio del Gobierno y que no hubiere sido votado en el presupuesto, inicial con el fin de dar cumplimiento a normas especiales establecer nuevos servicios o por calamidad pública. Los créditos adicionales tanto ordenanzales como gubernamentales se sujetarán a las normas contempladas en Ios artículos siguientes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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