A. División de· Registro de Sanciones y Causas de inhabilidad. La División de Registro de Sanciones y Causas de inhabilidad tiene las siguientes funciones: Registrar de las sanciones y causas de inhabilidad reportadas a la División de relacionamiento con el ciudadano. Adelantar los trámites necesarios para obtener cumplimiento oportuno del reporte de las sanciones y causas de inhabilidad impuestas por las autoridades competentes. Elaborar los informes, reportes y estadísticas que le sean solicitados por el Procurador General, el Viceprocurador General y las direcciones de Relacionamiento con el Ciudadano y de Apoyo Estratégico, Análisis de Datos e Información. Atender los requerimientos, peticiones y consultas que se presenten con ocasión del registro de las sanciones y causas de inhabilidad. Dar cumplimiento a las providencias de revocatoria directa, resoluciones de la Vice procuraduría General de la Nación, fallos de tutela y demás decisiones judiciales que ordenen retirar un registro de la base de datos. Apoyar las labores de control electoral en lo relacionado con la validación de información de los candidatos a cargos de elección popular. Las demás que le sean asignadas por el Procurador General.
Decreto 262 de 2000 →Vigente
Artículo 18
A
Decreto 262 de 2000 · Por el cual se modifican la estructura y la organización de la Procuraduría General de la Nación y del Instituto de Estudios del Ministerio Público; el régimen de competencias interno de la Procuraduría General; se dictan normas para su funcionamiento; se modifica el régimen de carrera de la Procuraduría General de la Nación, el de inhabilidades e incompatibilidades de sus servidores y se regulan las diversas situaciones administrativas a las que se encuentren sujetos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.