Sección de Parques y Viveros. Son funciones de la Sección de Parques y Viveros, las siguientes
Ejecutar las actividades de administración y mantenimiento de los parques, viveros y patrimonio forestal localizados en el área de jurisdicción de la Corporación.
Elaborar los reglamentos sobre el uso de los parques y someterlos a consideración de la División de Desarrollo y Fomento.
Llevar y mantener actualizados los registros de la producción de viveros y en general el patrimonio forestal de la Corporación.
Promover el cuidado y aprovechamiento racional de los bosques, reforestación adecuada y propagación de especies.
Elaborar los estudios de distribución y venta de productos forestales de acuerdo con la reglamentación establecida y someterlos a consideración de la División de Desarrollo y Fomento.
Prestar asistencia técnica a entidades públicas o privadas que lo soliciten sobre la promoción y desarrollo de programas de reforestación, de acuerdo con la reglamentación establecida por la Corporación.
Vigilar en coordinación con la División de Control y Vigilancia, el estricto cumplimiento de los contratos de arrendamiento y de los permisos en general que se otorguen sobre explotaciones comerciales en los parques.
Coordinar con la Oficina de Informática el procesamiento de la información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento.
Rendir informes a la División de Desarrollo y Fomento sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados.
Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.