Presupuesto Anterior . Para efectos de su repetición, se entiende por presupuesto anterior: 1 El p resupuesto de rentas e ingresos y apropiaciones aprobado por la Asamblea y liquidado por el Gobierno par a la vigencia anterior. 2. Los créditos adicionales, tant o a las rentas como a la s apropiaciones para gastos, debidamente abiertos en el mismo presupuesto. 3. Las traslaciones efectuadas por el gobierno departamental o por la Asamblea.
Decreto 2407 de 1981 →Vigente
Artículo 55
Decreto 2407 de 1981 · Por el cual se expiden normas sobre elaboración, presentación y ejecución de los presupuestos departamentales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.