Micelio

Artículo 433

Redactada La Sentencia Y Firmada Por El Presidente, Los Vocales, El Secretario Y El Auditor De Guerra, Se Leerá En Voz Alta En La Audiencia Por El Secretario

Decreto 1125 de 1950 · por el cual se expide el nuevo Código de Justicia Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Redactada la sentencia y firmada por el Presidente, los vocales, el secretario y el auditor de guerra, se leerá en voz alta en la audiencia por el Secretario. El Presidente notificará la sentencia al fiscal, al defensor y a los reos. Las sentencias absolutorias de los Consejos de Guerra Verbales se consultan ante el juez de segunda instancia. Las sentencias condenatorias pueden ser apeladas en el acto mismo de la notificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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