Funciones de la Gerencia Nacional de Compensación. Son funciones de la Gerencia Nacional de Compensación
Diseñar, estructurar y mantener un esquema de pago equitativo y competitivo, para los colaboradores del Banco, que integre las tendencias del mercado y que permita administrar eficientemente las políticas de compensación de la organización.
Coordinar las actividades para el levantamiento de la descripción y valoración de cargos, con base en las responsabilidades y funciones.
Diseñar programas de remuneración y recompensas.
Diseñar esquemas de evaluación por competencias y remuneración por resultados.
Rediseñar y mantener vigente de acuerdo con las tendencias del mercado, el sistema de compensación variable para que impulse el logro de las metas a través de pagos por resultados, que permitan motivar en mejor forma el buen desempeño y la retención de los mejores talentos.
Alinear la compensación total con el desempeño individual, los resultados del negocio y la cultura laboral.
Establecer los controles requeridos para la inclusión en la nómina de las novedades de personal y realizar supervisión permanente a su aplicación efectiva.
Aplicar las normas y procedimientos requeridos para efectuar los pagos de nómina y prestaciones sociales de los trabajadores y definir los sistemas de control y verificación de los mismos.
Controlar los procesos administrativos y demás asuntos laborales que se generen en la Entidad.
Proponer estrategias para la administración del personal de la gerencia y ejecutar, ordenar y verificar el cumplimiento de las políticas y procedimientos de finidos por el Banco en materia de evaluación, capacitación, desarrollo del recurso humano. Proponer la selección, promoción, contratación y traslado del personal de su Gerencia.
Propender por el cumplimiento de las políticas definidas por la Vicepresidencia de Riesgos en los procesos y procedimientos bajo su responsabilidad.
Identificar mejores prácticas en los procesos a su cargo y guiar su implementación.
Responder por la utilización racional y efectiva del presupuesto asignado a la dependencia.
Ejercer las demás funciones que señalen la ley, los estatutos, los reglamentos y las que correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.