El Ministerio, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes, si lo estima conducente, mediante resolución motivada, aprobará el estudio técnico definitivo, fijará la caución de que trata el artículo 13 del Código de Petróleos y citará al proponente favorecido para celebrar el contrato de concesión para la construcción y operación del gasoducto para el transporte y distribución del gas natural.
Un extracto de la resolución deberá publicarse en el DIARIO OFICIAL, a costa del interesado, dentro de los diez (10) días calendario siguientes a la notificación de la misma. Dicho requisito se entenderá cumplido con la presentación del recibo de pago de los derechos correspondientes.