Autorízase al Gobierno para que antes del 19 de julio próximo el Ministerio de obras Públicas y sus dependencias, creando y suprimiendo los empleos que juzgue convenientes, fijen asignaciones, contrate los técnicos que estime conveniente e introduzca las demás reformas y mejoras indispensables para el buen servicio del Ministerio y sus dependencias.
Comprende esta autorización la facultad de abrir a la Ley de Apropiaciones de la próxima vigencia los créditos adicionales y supleméntales que fueren necesarios, sin sujeción a las leyes anteriores, pero debido dar en todo caso cuenta al Congreso, en sus próximas sesiones ordinarias, de las medidas
que tome en uso de las presentes autorizaciones.