Micelio

Artículo 63

La Ejecución Presupuestal En La Institución Deberá Hacerse Sobre La Base De Los Acuerdos De Obligaciones Y De Ordenación, De Gastos Que Para El Efecto Expida El Consejo Superior

Decreto 3146 de 1980 · Por el cual se aprueba el Estatuto General de la Universidad Pedagógica Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La ejecución presupuestal en la institución deberá hacerse sobre la base de los acuerdos de obligaciones y de ordenación, de gastos que para el efecto expida el Consejo Superior. Los acuerdos mensuales de ordenación de gastos deberán.' incorporar, en forma clara, y precisa, la distribución de gastes y obligaciones y los ingresos aplicables para su cancelación:

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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