Para ascender al grado de Teniente General en el Ejército y en la Fuerza Aérea, los Mayores Generales requieren las siguientes condiciones
Tener a lo menos tres (3) años de servicio en el grado.
Haber desempeñado por un periodo no menor de un año de los cargos de Sub-Jefe del Estado Mayor General, Comandante del Ejército o Jefe de Estado Mayor del mismo, Comandante de la Fuerza Aérea o Jefe del Estado Mayor de la misma o Comandante de División.
Facultase al gobierno hasta el treinta y uno (31) de diciembre de mil novecientos cincuenta y tres (1953), para ascender al grado de Teniente General a los Brigadieres Generales en servicio activo con mas de dos años de servicio en el grado y que hubieren desempeñado por mas de un año, en propiedad o como Encargado, en cargo de Comandante General de las Fuerzas Militares.