Micelio

Artículo 3

Decreto 2210 de 1968 · por el cual se crea el Consejo Nacional del Trabajo, se señala su personal y se fijan sus funciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo tercero. El Consejo Nacional del Trabajo integrado en forma tripartita, al cumplir sus funciones tendrá en cuenta la finalidad primordial de lograr la justicia en las relaciones de los empleadores y los trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social que facilite el armónico desarrollo de las diversas regiones del país y brinde igualdad de oportunidades a todos los colombianos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2210 de 1968