º. A partir de la misma fecha, créanse en el servicio exterior de la República, los siguientes cargos: Un (1) Auxiliar Administrativo 6 PA en el Consulado de Colombia en Puerto Obaldía, Panamá, con una asignación mensual de setecientos noventa dólares (U.S$ 790.00). Un (1) Auxiliar Administrativo 5 PA en el Consulado de Colombia en Puerto Ayacucho, Venezuela, con una asignación mensual de setecientos noventa dólares (US$ 790.00). Un (1) Auxiliar Administrativo 7 PA en el Consulado General de Colombia en Tulcán, Ecuador, con una asignación mensual de setecientos noventa dólares (US$ 790.00). Un (1) Auxiliar Administrativo 7 PA en el Consulado de Colombia en Santo Domingo de los Colorados, Ecuador, con una asignación mensual de setecientos noventa dólares (US $ 790.00). Un (1) Auxiliar Administrativo 5 PA en el Consulado de Colombia en Barinas Venezuela, con una asignación mensual de setecientos setenta dólares (US$ 770.00).
Decreto 1191 de 1984 →Vigente
Artículo 2
º
Decreto 1191 de 1984 · Por el cual se dictan unas disposiciones en el Servicio Exterior
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.