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Artículo 18

Funciones De La Secretaría General

Decreto 246 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones de la Secretaría General . Son funciones de la Secretaría General, las siguientes

1.

Asesorar al Ministro en la formulación de las políticas, normas, procedimientos, objetivos y estrategias relacionadas con la administración del Ministerio.

2.

Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas del Ministerio y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas, administrativas y tecnológicas del mismo coordinando la actividad de sus distintas dependencias.

3.

Establecer las directrices, ejercer el control de las actividades desarrolladas por la Dirección de Tecnología, Dirección Administrativa y la Oficina de Control Disciplinario Interno y velar por el cumplimiento de sus funciones.

4.

Impartir directrices a las diferentes dependencias del Ministerio sobre la actividad administrativa, proporcionándoles una adecuada orientación técnica que garantice la continuidad en la prestación de los servicios y la ejecución de los programas, en coordinación con la Oficina de Control Interno.

5.

Presentar a consideración del Ministro los proyectos de decreto que reglamentan la estructura interna y el funcionamiento del Ministerio, los proyectos de actos administrativos y demás documentos de carácter técnico y administrativo, que él deba suscribir en ejercicio de sus funciones y velar por su legalidad y constitucionalidad.

6.

Asesorar al Ministro en materia contractual y ejecutar la ordenación del gasto de acuerdo con la delegación efectuada por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

7.

Llevar a consideración del Ministro los contratos relacionados con los asuntos que competen al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

8.

Responder ante el Ministro por la realización de los estudios sobre la planta de personal y supervisar la actualización de los manuales de funciones y requisitos de los cargos de la planta del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

9.

Informar periódicamente al Ministro sobre el funcionamiento técnico, administrativo y tecnológico de las dependencias que conforman la entidad y el estado de ejecución de los programas de la misma.

10.

Llevar la representación del Ministro cuando este lo determine.

11.

Dirigir y coordinar los servicios de registro, clasificación, manejo de archivos, y la correspondencia del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

12.

Coadyuvar en los procesos de planeación y dirección de la entidad coordinando la elaboración de los proyectos de presupuesto de inversión y de funcionamiento del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

13.

Velar por el cumplimiento oportuno de las responsabilidades del Ministro ante los órganos de control, respecto de los estados financieros y demás informes que reflejen en debida forma su situación financiera y contable.

14.

Llevar el control de las delegaciones a los Comités, Consejos y Juntas Directivas que asiste el Ministerio y proyectar los actos administrativos pertinentes.

15.

Definir la política para la creación de estrategias que fomenten la conducta ética en la adecuada prestación del servicio por parte de los servidores públicos del Ministerio, y coordinar el diseño de programas para la prevención y represión de las faltas disciplinarias.

16.

Fijar el plan estratégico de la Secretaría General y de las dependencias a su cargo, efectuar el seguimiento, establecer el plan de acción para su ejecución y evaluar los resultados mediante la utilización de los instrumentos de medición respectivos.

17.

Coordinar y participar en la negociación y estudio de los tratados internacionales en los que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público deba participar por razones de sus competencias y que le sean asignados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

18.

Efectuar las notificaciones de los actos administrativos expedidos por el Ministro cuando así se requiera, o cuando no sean competencia de otra área.

19.

Expedir y autenticar las copias de los documentos emanados del Ministerio cuyos originales reposen en la Secretaría General o designar el funcionario competente para ello.

20.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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