º . Funcionamiento . Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Prevención y el Control de la Contaminación del Aire, Conaire, no tendrá personería jurídica, planta de personal, ni patrimonio propio, y tendrá una duración de cuatro (4) años, dos (2) para la construcción de la política y dos (2) para su seguimiento y verificación de su implementación.
La Comisión de que trata el presente artículo, deberá adoptar su propio reglamento de funcionamiento, en un término de un (1) mes contado a partir de la publicación del presente decreto en el Diario Oficial.