º. Deróganse los Decretos números 119, 265 y 430 de 1947. En consecuencia, queda autorizado el ejercicio del resto de las apropiaciones aplazadas por medio de las disposiciones en referencia, y cuyo valor total, según discriminación anterior, asciende a la cifra de $ 19.237.805.36.
Decreto 2850 de 1947 →Vigente
Artículo 1
Deróganse Los Decretos Números 119, 265 Y 430 De 1947
Decreto 2850 de 1947 · Por el cual se autoriza el ejercicio del resto de las apropiaciones aplazadas por Decretos números 119, 265 y 430 de 1947
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.