Micelio

Artículo 6

Ley 79 de 1939 · por la cual se crea una Granja Agrícola Nacional y dos Colonias Agrícolas en el Departamento de Nariño y en la Comisaría del Putumayo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación apoyará con personal técnico, herramientas y cuantos auxilios sean necesarios, las faenas de mingas de trabajo gratuito y voluntario que aporten los Municipios del Departamento de Nariño, para el fomento de colonización, de carreteras y demás obras de interés general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 79 de 1939