Micelio

Artículo 17

Pago De Las Indemnizaciones O Bonificaciones

Ley 199 de 1995 · por la cual se cambia la denominación del Ministerio de Gobierno y se fijan los principios y reglas generales son sujeción a los cuales el Gobierno Nacional modificará su estructura orgánica y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las indemnizaciones o bonificaciones deberán ser canceladas en efectivo dentro de los tres (3) meses siguientes a la expedición del acto de la liquidación de las mismas y del acogimiento del empleado al régimen de indemnización, según lo previsto en el artículo 13 de esta ley. En caso de retardo en el pago se causarán intereses a favor del empleado retirado, equivalentes a la tasa DTF que señale el Banco de la República, a partir de la fecha del acto de liquidación.

En todo caso, el acto de liquidación deberá expedirse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al retiro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 199 de 1995