Micelio

Artículo 22

Decreto 1895 de 1994 · por el cual se reglamenta el Régimen Subsidiado del Sistema de Seguridad Social en Salud, contenido en el Decreto-ley 1298 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Requisitos especiales para las empresas solidarias de salud. En relación con las Empresas Solidarias de Salud, ESS, se aplicarán las siguientes reglas especiales, sin perjuicio del cumplimiento de los demás requisitos contenidos en el artículo anterior

1.

El Ministerio de Salud, establecerá requisitos técnicos, pero sobre todo financieras más flexibles, para las Empresas Solidarias de Salud, ESS, con el objeto de estimular su consolidación y fortalecer la ampliación de sus coberturas en las áreas más marginadas del país.

2.

Las Empresas Solidarias de Salud, ESS, deberán contar entre sus afiliados una proporción de personas de la tercera edad, similar a la proporción de personas de la tercera edad que vivan en el área de influencia de las respectivas Empresas Solidarias de Salud, ESS.

3.

El patrimonio de las Empresas Solidarias de Salud, ESS, estará compuesto por los aportes de los asociados, las donaciones y los excedentes que logren capitalizar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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