La Política Pública de abordaje integral de la endometriosis incluirá como mínimo las siguientes disposiciones:
Criterios y parámetros bajo los cuales se puede dictaminar que un caso de endometriosis es crónico, incapacitante de carácter temporal o permanente.
Definir y actualizar, conforme con los avances y estudios científicos que se obtengan en la materia, los protocolos específicos para la atención, diagnóstico temprano y abordaje integral de la endometriosis, con alcance a todos los niveles de atención de la salud, con especial énfasis en la atención primaria, dirigido a establecer criterios unificados que favorezcan la detección temprana, la atención oportuna e interdisciplinaria, la derivación y el seguimiento de la enfermedad.
Disposiciones para el fortalecimiento de la prevención, diagnóstico temprano y prioritario, tratamiento integral, control, tratamiento médico y quirúrgico, medicamentos y apoyo psicosocial de las personas diagnosticadas y sus familiares, así como la prevención de complicaciones físicas, emocionales y sociales de las personas diagnosticadas.
Promover la capacitación periódica y actualización del personal médico y de salud relacionados con el abordaje integral de pacientes con endometriosis, para promover el diagnóstico temprano de la enfermedad, la ruta de atención en caso de síntomas o sospecha, la aplicación de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social, incluyendo información actualizada sobre la endometriosis, sus síntomas, diagnósticos, tratamientos y demás avances científicos disponibles para la atención y tratamiento de la enfermedad.
Generar, facilitar y garantizar el acceso permanente a información sobre la endometriosis y sus complicaciones, a efecto del reconocimiento temprano de la misma, su tratamiento y adecuado control, a través de los distintos medios de comunicación, tanto en formato digital, gráfico como en cualquier otro medio idóneo.
Promover la investigación clínica y científica sobre la endometriosis, así como su divulgación al público general y especializado.
Campañas de promoción, sensibilización y concientización a la ciudadanía en general.
Protocolos de atención prioritaria para diagnósticos tempranos y tratamientos con abordaje integral.
Llevar un registro estadístico de datos abiertos y pormenorizados de personas con endometriosis y sus patologías derivadas, dando cumplimiento a la legislación vigente sobre protección de datos personales.
Mecanismos para registro, medición, análisis de casos, tendencias, factores y demás información que permita a las autoridades tomar decisiones que garanticen efectivamente el objeto de la presente ley.
Métodos de medición, actualización e informe de cumplimiento, impacto y logros de las disposiciones de la presente ley, de la Política Pública y su reglamentación.
Medidas de protección laboral, educativa y social para las personas diagnosticadas.
Establecer la ruta de atención que garantice la conexidad y el acceso al derecho a la salud y la salud sexual, incluido el derecho a la maternidad.
Ajustar los procesos a la atención integral prioritaria y continuada que comprenderá presunción de la enfermedad, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación, paliación, seguimiento y control y asistencia psicosocial y familiar.
Incluirá un enfoque específico diferencial para el desarrollo de planes y programas que atiendan las necesidades de prevención, diagnóstico oportuno y tratamiento integral para las mujeres rurales, mujeres de grupos étnicos, facilitando su acceso a los servicios de salud, teniendo en cuenta y respetando sus prácticas y creencias ancestrales.