Micelio

Artículo 1

De La Creación De Los Grupos De Integración Industrial

Decreto 780 de 1987 · por el cual se crean los Grupos de Integración Industrial y se señalan su estructura y funcionamiento.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º De la creación de los Grupos de Integración Industrial. Las entidades a que se refiere el artículo 1º del Decreto 222 de 1983 y cuyas importaciones de maquinarias, equipos y repuestos durante el período 1981-1986 hayan sido superiores a 60 millones de dólares FOB, deberán establecer grupos de trabajo denominados Grupos de Integración con la Industria.

Parágrafo

La creación de los Grupos de Integración Industrial a que se refiere este Decreto no implica variaciones en la estructura de entidades.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 780 de 1987