Micelio

Artículo 2

Decreto 458 de 1954 · Por el cual se crea la Sección de Cinematografía de la Dirección de Información y Propaganda

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo . El Gobierno queda autorizado para hacer los traslados o abrir los créditos necesarios para atender el correcto funcionamiento de la Sección de Cinematografía, así como para introducir las modificaciones que juzgue necesarias en el personal y asignaciones contemplados en el presente Decreto. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 458 de 1954