Micelio

Artículo 6

Para Obtener Garantía Del Fondo, El Solicitante Deberá Demostrar, Además De Los Requisitos Que Señale El Respectivo Reglamento ,la Calidad De Empresas Nacionales, Entendiéndose Por Tal Aquella Cuyo Patrimonio Neto, Es Decir, El Capital Pagado Más Las Reservas Y Préstamos De Socios Pertenezcan A Nacionales Colombianos En Un Porcentaje No Inferior Al Ochenta Por Ciento

Decreto 175 de 1974 · Por el cual se deroga el Decreto 2167 de 1972 y se dictan nuevas normas para la creación y funcionamiento del Fondo de Garantías para la Pequeña y Mediana Industria Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Para obtener garantía del Fondo, el solicitante deberá demostrar, además de los requisitos que señale el respectivo Reglamento ,la calidad de empresas nacionales, entendiéndose por tal aquella cuyo patrimonio neto, es decir, el capital pagado más las reservas y préstamos de socios pertenezcan a nacionales colombianos en un porcentaje no inferior al ochenta por ciento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 175 de 1974