º Para obtener garantía del Fondo, el solicitante deberá demostrar, además de los requisitos que señale el respectivo Reglamento ,la calidad de empresas nacionales, entendiéndose por tal aquella cuyo patrimonio neto, es decir, el capital pagado más las reservas y préstamos de socios pertenezcan a nacionales colombianos en un porcentaje no inferior al ochenta por ciento.
Artículo 6
Para Obtener Garantía Del Fondo, El Solicitante Deberá Demostrar, Además De Los Requisitos Que Señale El Respectivo Reglamento ,la Calidad De Empresas Nacionales, Entendiéndose Por Tal Aquella Cuyo Patrimonio Neto, Es Decir, El Capital Pagado Más Las Reservas Y Préstamos De Socios Pertenezcan A Nacionales Colombianos En Un Porcentaje No Inferior Al Ochenta Por Ciento
Decreto 175 de 1974 · Por el cual se deroga el Decreto 2167 de 1972 y se dictan nuevas normas para la creación y funcionamiento del Fondo de Garantías para la Pequeña y Mediana Industria Nacional
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.