º. Comité Directivo . Créase el Comité Directivo del Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop), como una instancia de coordinación entre el Gobierno Nacional y la Contraloría General de la República para la adecuada integración del Sistema de información para la Vigilancia de la Contratación Estatal (SICE) y los sistemas de información relacionados con la contratación pública que se encuentren a cargo del Gobierno Nacional. El Comité tendrá a su cargo las siguientes funciones
Proponer los lineamientos para la articulación de los servicios electrónicos ofrecidos por el SICE y por los sistemas de información relacionados con la contratación pública a cargo del Gobierno Nacional en desarrollo de los principios de transparencia, eficiencia, eficacia y economía.
Proponer las directrices sobre el funcionamiento del Catálogo Unico de Bienes y Servicios, CUBS, del SICE, en el ámbito del Secop.
Recomendar las políticas para facilitar el acceso de información a todos los interesados en las contrataciones de las entidades estatales a través de medios electrónicos
Señalar los parámetros para el ingreso de información y de generación de reportes para las entidades públicas, los organismos de control, los contratistas, proveedores y la ciudadanía en general.
Proponer los esquemas de sostenibilidad y racionalización de la operación del SECOP y del SICE.
Darse su propio reglamento y el del Comité Asesor a que hacen referencia los artículos 4º y 5º del presente decreto.