Micelio

Artículo 4

° Los Concejos Municipales Incluirán En Los Presupuestos De La Vigencia Fiscal De 1938 Las Sumas Necesarias Para Pagar Los Gastos Que Exija La Formación Del Censo De Los Distritos Sobre Los Cálculos Fundamentales Que Les Serán Pasados Por El Contralor General

Decreto 987 de 1937 · Por el cual se dictan normas en relación con la formación del censo civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los Concejos Municipales incluirán en los presupuestos de la vigencia fiscal de 1938 las sumas necesarias para pagar los gastos que exija la formación del censo de los Distritos sobre los cálculos fundamentales que les serán pasados por el Contralor General.

Parágrafo

Los Alcaldes y Gobernadores observarán los acuerdos municipales sobre presupuestos de rentas y gastos, en los que no se apropie la partida indicada.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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