Micelio

Artículo 14

Decreto 1492 de 1994 · por el cual se aprueban los estatutos Sociales de Fiduciar-Fiduciaria Popular S.A.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Representación. Los accionistas podrán hacerse representar en las reuniones de la Asamblea General de Accionistas, mediante poder otorgado por escrito en el cual se indique: El nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo y la fecha de la reunión para la cual se otorga. Puede conferirse poder para dos o más reuniones de la Asamblea General de Accionistas, pero debe ser otorgado conforme al artículo ciento ochenta y cuatro (184) del Código de Comercio por escritura pública o por documento legalmente reconocido. Para efectos de las acciones que pertenecen en común y proindiviso a varias personas estas deben designar un representante único para que se apersone de los derechos correspondientes y en el entre tanto permanecerá suspendido el derecho de participar en la Asamblea, no obstante lo cual las decisiones allí tomadas serán oponibles a los titulares de dichas acciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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