Micelio

Artículo 3

Ley 153 de 1896 · Sobre Montepío Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los fondos de que trata el artículo anterior constituyen el capital del Establecimiento, y su producto serán los intereses de este capital.

Los sueldos y pensiones jamás gravarán éste, pero sí lo afectarán las devoluciones de dinero de que se tratará luego, cuando el producto fuere deficiente. En este caso, pagados los sueldos y gastos de Administración, el resto debe prorratearse entre los pensionados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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