Micelio

Artículo 2.2.7.4.3

Registro De Proyectos En Ecoh2

Decreto 1073 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de proyectos en ECOH2. Una vez se implemente y determinen los lineamientos necesarios, a través de acto administrativo expedido por el Ministerio de Minas y Energía, los proyectos de hidrógeno que se desarrollen en el país deberán registrarse en el ECOH2.

El registro deberá incluir información detallada sobre el proyecto, su ubicación, capacidad, tecnologías utilizadas y cualquier otro dato relevante según lo determine el Ministerio de Minas y Energía.

El propietario del proyecto podrá solicitar, ante el administrador del Sistema, la certificación del registro en el ECOH2 la cual surtirá efectos ante cualquier autoridad administrativa o civil. El registro en el ECOH2 permitirá un seguimiento continuo del desarrollo y operación de los proyectos, garantizando la transparencia y eficiencia en el uso de los incentivos y estímulos, y facilitando la difusión de los proyectos destacados.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1073 de 2015