Artículo segundo . Este Decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Comuníquese y cúmplase.
Decreto 250 de 1981 →Vigente
Artículo 2
Decreto 250 de 1981 · Por el cual se aprueba, con modificaciones, el Acuerdo número 1 del 26 de noviembre de 1980, expedido por el Consejo Intendencial de Caquetá, relativo a la expedición del Presupuesto de Rentas y Gastos de la Intendencia para la vigencia fiscal de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.