Micelio

Artículo 50

Queda Prohibido A Los Administradores De Correos Y Agentes Postales Entregar A Los Particulares Los Telegramas Sobre Avisos De Giros

Decreto 2233 de 1935 · Por el cual se reglamenta el Servicio de Giros Postales Internos e Internacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 50. Queda prohibido a los administradores de correos y agentes postales entregar a los particulares los telegramas sobre avisos de giros. estos telegramas deben ser llevados a la oficina telegráfica por un empleado del correo y percibir allí un recibo detallado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2233 de 1935