De La Ley 34 De 1923, Trasládase La Suma De Seis Mil Pesos ($ 6,000) Moneda Corriente, Del Artículo 648, Capítulo 58, Gastos Varios, Del Ministerio De Instrucción Y Salubridad Públicas, Así: Tres Mil Pesos ($ 3,000) Moneda Corriente, Al Artículo 626, Y Los Tres Mil Pesos ($ 3,000) Restantes, Al Artículo 635 Del Capítulo 58 Del Presupuesto De La Vigencia En Curso
Decreto 1461 de 1926 · Por el cual se hace un traslado en el presupuesto de la vigencia en curso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Artículo único. De conformidad con la autorización del artículo 17 de la Ley 34 de 1923, trasládase la suma de seis mil pesos ($ 6,000) moneda corriente, del artículo 648, capítulo 58, gastos varios, del Ministerio de Instrucción y Salubridad Públicas, así: tres mil pesos ($ 3,000) moneda corriente, al artículo 626, y los tres mil pesos ($ 3,000) restantes, al artículo 635 del capítulo 58 del Presupuesto de la vigencia en curso.
Parágrafo
Hágase la correspondiente anotación en los libros respectivos, y dése cuenta al señor Contralor General de la República, para los fines legales consiguientes. Comuníquese y publíquese.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.