Los Empleados Que Han Venido Desempeñando Cargos En El Departamento Nacional De Aeronáutica Civil Y Que Han Sido Designados Para Ejercer Otros De Distinta Denominación O Sean Reelegidos, Tendrán Derecho A Devengar Las Asignaciones Fijadas Por Este Decreto Desde El 1º De Diciembre Del Corriente Año
Decreto 2611 de 1951 · Por el cual se fijan el personal y asignaciones del Departamento Nacional de Aeronáutica Civil, dependiente del Ministerio de Obras Públicas, y se hacen los correspondientes nombramientos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. Los empleados que han venido desempeñando cargos en el departamento nacional de aeronáutica civil y que han sido designados para ejercer otros de distinta denominación o sean reelegidos, tendrán derecho a devengar las asignaciones fijadas por este decreto desde el 1º de diciembre del corriente año.
Parágrafo
Los empleados que quedan suprimidos en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° del presente escrito, devengarán las asignaciones de que han venido disfrutando, hasta la fecha del mismo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.