Micelio

Artículo 10

El Ciudadano Que En Le Plebiscito Vote Mas De Una Vez, O Sin Tener Derecho Consigne Su Voto, O Suplante A Otro Elector, O Con Su Testimonio Facilite La Suplantación O La Doble O Múltiple Votación, Incurrirá En La Suspensión En El Ejercicio De Derechos Y Funciones Públicos Por Cinco (5) Años, Contados A Partir De La Fecha De La Sanción Y Sin Perjuicio De Las Penas Principales Que Le Correspondan Por El Delito O Delitos Cometidos

Decreto 252 de 1957 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre plebiscito nacional

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 10. El ciudadano que en le plebiscito vote mas de una vez, o sin tener derecho consigne su voto, o suplante a otro elector, o con su testimonio facilite la suplantación o la doble o múltiple votación, incurrirá en la suspensión en el ejercicio de derechos y funciones públicos por cinco (5) años, contados a partir de la fecha de la sanción y sin perjuicio de las penas principales que le correspondan por el delito o delitos cometidos. La suspensión será decretada por el Delegado Departamental de la respectiva zona, previa comprobación del hecho y después de oír al acusado. Contra las resoluciones que dicten los Delegados Departamentales en ejercicio de esta función, proceden los recursos de que tratan los artículos 77, 78 y 79 de la Ley 167 de 1941, y dentro de los términos allí señalados. El recurso de apelación se surtirá ante la Corte Electoral, la que dispondrá del término de treinta (30) días par resolverlo. Si no fuere interpuesto el recurso de apelación, dichas resoluciones se consultarán, para su aprobación o improbación, a la Corte Electoral.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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