°. La Mesa de administración estará a cargo del Intendente general, quien despachará con un oficial adjunto, i tendrá dos secciones la primera será servida por, el comisario ordenador, como jefe, por un oficial 1° i un escribiente; i la segunda por un jefe de ella, un Tenedor de libros i un escribiente. Son asuntos de la 1° sección: Llevar la cuenta por anticipación de los gastos de todos los cuerpos en servicio activo; la liquidación i ordenación de los vales i de las libranzas a favor de dichos cuerpos; la cuenta con los parques nacionales i con los hospitales militares; la liquidación de los pasaportes que se den a los individuos del ejército en comisión o por licencia; la revisión i fenecimiento primitivo de las cuentas que rindan los Consejos administrativos i los Estados mayores; las revistas de comisario; las visitas de parques; el examen i liquidación de los presupuestos i listas de revista de toda la fuerza pública; las visitas de inspección en las cajas pertenecientes a las habilitaciones de los cuerpos, i en los hospitales militares; la revisación i autenticación de los cuadros de parques i de las cuentas fenecidas; la cuenta de alta i baja del vestuario i equipo, i la custodia de los respectivos almacenes; la subsistencia i ajustamientos militares en dinero o en especie; la hechura o compra de vestuario, equipo, menaje, municiones, armamento, máquinas de la guerra i construcciones militares de todo género; lo concerniente a acantonamientos, trasportes, alojamientos i cuarteles; los arreglos por indemnizaciones, i, en general, toda clase de convenios o contratos que hayan de celebrarse por la Secretarla, i la correspondencia sobre todos estos objetos. Son asuntos de la sección 2ª La cuenta general de la Secretaría de Guerra; la liquidación de todos los créditos que deban reconocerse por servicies en el ramo militar; la expedición de las exceptivas órdenes de pago; las legalizaciones de gastos militares hechos por anticipación; las delegaciones de los créditos que se ordenen por la secretaria; el examen i sustentación de todo reclamo que se refiera al ramo de contabilidad, i demás asuntos relaciónanos con esta; la formación del presupuesto anual para el Departamento de Guerra; i la correspondencia sobre estos asuntos.
Decreto 107 de 1868 →Vigente
Artículo 4
La Mesa De Administración Estará A Cargo Del Intendente General, Quien Despachará Con Un Oficial Adjunto, I Tendrá Dos Secciones La Primera Será Servida Por, El Comisario Ordenador, Como Jefe, Por Un Oficial 1° I Un Escribiente; I La Segunda Por Un Jefe De Ella, Un Tenedor De Libros I Un Escribiente
Decreto 107 de 1868 · orgánico de la Secretaría de Guerra de la Unión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.