Micelio

Artículo 38

Ley 26 de 1959 · Por la cual se fomenta la industria agropecuaria y se dictan disposiciones sobre Fondos y Banco Ganaderos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los bancos prestamistas podrán declarar vencida la obligación en el caso de que no se aplique el crédito a los fines para que fue concedido. La Superintendencia Bancaria, a solicitud del banco respectivo, certificará el saldo a cargo del prestatario, certificación ésta que prestará mérito ejecutivo en los mismos términos del artículo 1º de la Ley 133 de 1948 .

Igualmente en los prestamos de dinero, cuando se estipula el pago de intereses, en el caso de mora, el pagaré respectivo prestará mérito ejecutivo mediante certificación de la Superintendencia Bancaria, por el saldo en mora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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