Micelio

Artículo 55

La Caja De Crédito Agrario, Industrial Y Minero Se Disolverá Antes Del Plazo Fijado En Estos Estatutos En Los Siguientes Casos: 1º

Decreto 301 de 1982 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 110 de septiembre 9 de 1980, originario de la Junta Directiva de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero se disolverá antes del plazo fijado en estos estatutos en los siguientes casos: 1º. Por las causales señaladas en el artículo 218 del Código deComercio quele sean pertinentes. 2º. Cuando ocurran pérdidas que reduzcan el patrimonio neto por debajo del 50% del capital suscrito, y 3º.Cuando el 95% más de las acciones suscritas Ilega a pertenecer a un solo accionista.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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